Martilleros sampedrinos promocionan créditos hipotecarios pero desde otros sectores advierten que son buenos solo con estabilidad

La Cámara de Martilleros y Corredores Públicos de San Pedro dio a conocer un comunicado de prensa en el que compartió "algunas de las inquietudes sobre las que se propone trabajar durante los próximos meses a la espera de que se concreten algunas de las reuniones solicitadas para no demorar la exposición sobre cuestiones muy importantes para la continuidad de los proyectos privados que están en marcha". Entre otros puntos, consideran que "ante la reducción o eliminación de la obra pública, la ejecución de proyectos privados aporta no solo mayores oportunidades para quienes deseen invertir en bienes durables, sino también para activar la oferta a favor de quienes están buscando viviendas para alquilar o comprar".

Se aprobó una ordenanza para crear un Registro de Inmuebles Fiscales en San Pedro

El Concejo Deliberante aprobó, en su última sesión, una Ordenanza que dispone la creación de un “Registro de inmuebles fiscales del partido de San Pedro”, en el cual se asentarán todos los bienes inmuebles de propiedad del Municipio de San Pedro y de la Provincia de Buenos Aires.
La norma, impulsada por iniciativa del concejal Carlos Casini, modifica el artículo 11 de la Ordenanza 5.500, para fijar los alcances de la creación de este registro.

Además, se incorpora como artículo 12 de la misma Ordenanza una disposición para que se dispongan los recursos humanos y técnicos necesarios para la confección del registro.
A fin de llevar adelante el registro mencionado, se ordenan las siguientes pautas:
a) Identificación de todos los inmuebles municipales y provinciales existentes en el Partido de San Pedro. A tal fin se deberá recabar la información obrante en la Oficina de Catastro Municipal, como así también toda la información existente en la órbita del Gobierno Local referida a las adquisiciones de inmuebles por parte de éste por las diferentes vías, como compras, cesiones, donaciones, expropiaciones y daciones en pago de los vecinos.
b) Consulta del estado actual de dominio de los inmuebles ante el Registro de la Propiedad.
c) Constatación del estado de ocupación de los inmuebles. En los casos en que se constate ocupación, deberá indagarse respecto del carácter legal de sus ocupantes.
d) Realización de todos aquellos trámites necesarios ante el Registro de la Propiedad, la Dirección Provincial de Catastro y demás organismos, para la definitiva incorporación de los inmuebles al patrimonio municipal, en aquellos casos en que los respectivos trámites no se hallen culminados.”
Además, se establece en la nueva normativa que “los bienes inmuebles incorporados en el registro en cuestión, serán destinados prioritariamente para la elaboración de proyectos habitacionales, siempre y cuando sean aptos para tal fin, integrando el Banco Municipal de Tierras.”
En otro de los puntos salientes, se menciona: “El Banco Municipal de Tierras y el Registro de Inmuebles Fiscales se incorporarán a la estructura orgánico-funcional del Municipio dependiendo directamente de la Secretaría de Obras Públicas y actuando jerárquicamente a un nivel no inferior al de Departamento”.