Martilleros sampedrinos promocionan créditos hipotecarios pero desde otros sectores advierten que son buenos solo con estabilidad

La Cámara de Martilleros y Corredores Públicos de San Pedro dio a conocer un comunicado de prensa en el que compartió "algunas de las inquietudes sobre las que se propone trabajar durante los próximos meses a la espera de que se concreten algunas de las reuniones solicitadas para no demorar la exposición sobre cuestiones muy importantes para la continuidad de los proyectos privados que están en marcha". Entre otros puntos, consideran que "ante la reducción o eliminación de la obra pública, la ejecución de proyectos privados aporta no solo mayores oportunidades para quienes deseen invertir en bienes durables, sino también para activar la oferta a favor de quienes están buscando viviendas para alquilar o comprar".

Proyecto para regular la venta y adjudicación de terrenos en la localidad de Río Tala

El concejal Adrián Macenet presentó un proyecto en el que propone que se faculte al Departamento Ejecutivo a efectuar la venta y adjudicación a titulo oneroso de los terrenos ubicados en la localidad de Río Tala, nominados Catastralmente como Circunscripción IV, Sección A, Manzana 20 Parcela 3A y 4ª.
El predio fue adquirido luego de un convenio aprobado por el Concejo Deliberante, entre el Municipio de San Pedro y Néstor Enrique Regueiro.
El proyecto prevé que cada expediente confeccionado, deberá ser analizado por la Comisión Multisectorial de Adjudicación de Viviendas, creado por Ordenanza Nº 5748, a los efectos de que la misma, garantice la transparencia a los adquirentes de los terrenos.
El listado elaborado por la Comisión Multisectorial de Adjudicación de Viviendas, deberá ser remitido al Departamento Ejecutivo Municipal, para que este solicite al Honorable Concejo Deliberante la autorización individual para efectuar cada venta, remitiendo el expediente citado en el Art. 2 para su consideración y aprobación.
La forma de pago deberá ser convenida de acuerdo a las establecidas en la Ordenanza Nº 4105. En caso de financiación deberá gravarse el bien con hipoteca de primer grado a favor de la Municipalidad.