Martilleros sampedrinos promocionan créditos hipotecarios pero desde otros sectores advierten que son buenos solo con estabilidad

La Cámara de Martilleros y Corredores Públicos de San Pedro dio a conocer un comunicado de prensa en el que compartió "algunas de las inquietudes sobre las que se propone trabajar durante los próximos meses a la espera de que se concreten algunas de las reuniones solicitadas para no demorar la exposición sobre cuestiones muy importantes para la continuidad de los proyectos privados que están en marcha". Entre otros puntos, consideran que "ante la reducción o eliminación de la obra pública, la ejecución de proyectos privados aporta no solo mayores oportunidades para quienes deseen invertir en bienes durables, sino también para activar la oferta a favor de quienes están buscando viviendas para alquilar o comprar".

Absolvieron a Cocuzza por homicidio en "legítima defensa"

El Tribunal Oral Nº 1 de San Nicolás absolvió por unanimidad a Carlos Alberto Cocuzza, de 58 años, en el marco del juicio por el homicidio del joven Lucas Canali, de 17 años, cometido el 10 de marzo 2008.
Los Dres. Laura Mercedes Fernández, María Belén Ocariz y Cristian Eduardo Ramos consideraron que el hombre actuó en legítima defensa ya que se resguardó de la agresión que sufrió en su finca del Cuartel VI de San Pedro –en inmediaciones de la Escuela Nº 34-, en horas de la noche, cuando un grupo de personas -entre las que se encontraba la víctima-, ingresó al predio y efectuó disparos con arma de fuego contra la casa. La situación provocó la rotura de vidrios de las ventanas, que permitió el ingreso de los disparos al interior de la vivienda, donde estaba Cocuzza junto a otro hombre.
Según surgió en el juicio, cuya etapa de instrucción estuvo a cargo del Dr. Darío Giagnorio, y la de juicio, de la Dra. Gabriela Ates, el 10 de marzo de 2008, alrededor de las 23, Héctor Abel Canali y sus hijos Lucas y Braian, se presentaron en el establecimiento rural de Cocuzza a bordo de un automóvil Citroën 3CV dominio C 72006. Allí permanecían, esa noche, Cocuzza y Maximiliano Domínguez.
Canali ingresó y comenzó a preguntar por su esposa mientras efectuaba disparos de arma de fuego con una escopeta contra la casa. Ante esa situación, que además se completó con daños y amenazas de muerte, Cocuzza efectuó varios disparos con una escopeta marca Amadeo Rossi del 16, contra la ventana y hacia el exterior. Esa abertura estaba cerrada, y detrás de ella estaban Héctor Canali y sus hijos. El disparo hirió gravemente a Lucas en “cara antero interna de raíz de muslo derecho”, herida que puso en riesgo su vida. De hecho, falleció horas después como consecuencia de las lesiones, en el Hospital San Felipe de San Nicolás. Según informó la Policía en ese momento, el empleado de Cocuzza fue quien trasladó en una camioneta al joven hasta el Hospital Subzonal San Pedro, en donde luego de una cirugía se decidió su traslado.
El imputado se sometió al trámite de juicio abreviado, en consentimiento a lo propuesto por su abogado defensor, Dr. Gotardo Migliaro, y la representante del Ministerio Público Fiscal, Dra. Ates.
Debido a que cumplía arresto domiciliario, el Tribunal ordenó “su inmediata libertad bajo caución juratoria”.
Héctor Canali también fue imputado por los delitos de abuso de armas, amenazas calificadas y daño.
Los jueces consideraron la existencia de la “defensa privilegiada” prevista en el art. 34 inc. 6 in fine del Código Penal, que dispone: “...se entenderá que concurren estas circunstancias respecto de aquél que durante la noche rechazare el escalamiento o fractura de los cercados, paredes o entradas de su casa, o departamento habitado o de sus dependencias, cualquiera que sea el daño ocasionado al agresor”.
Cocuzza, de acuerdo a lo confirmado por la Policía, cuenta con un antecedente por homicidio en otro episodio de características similares.