Martilleros sampedrinos promocionan créditos hipotecarios pero desde otros sectores advierten que son buenos solo con estabilidad

La Cámara de Martilleros y Corredores Públicos de San Pedro dio a conocer un comunicado de prensa en el que compartió "algunas de las inquietudes sobre las que se propone trabajar durante los próximos meses a la espera de que se concreten algunas de las reuniones solicitadas para no demorar la exposición sobre cuestiones muy importantes para la continuidad de los proyectos privados que están en marcha". Entre otros puntos, consideran que "ante la reducción o eliminación de la obra pública, la ejecución de proyectos privados aporta no solo mayores oportunidades para quienes deseen invertir en bienes durables, sino también para activar la oferta a favor de quienes están buscando viviendas para alquilar o comprar".

Desde esta noche, los locales nocturnos de San Pedro cierran a las 4 y media

Entrará en vigencia desde esta noche la Ordenanza que regula los horarios de nocturnidad en el partido de San Pedro.
La promulgación de la norma por parte del Intendente permite cumplir con lo dispuesto por la Ordenanza, que indica que a partir del 1º de abril y hasta el 15 de octubre de cada año, el cierre de los locales nocturnos será a las 4.30, mientras que desde esa fecha y hasta el 31 de marzo se extenderá hasta las 5.30.
Quince minutos antes del horario de cierre y cese de actividades deberá finalizar la música y encenderse las luces del local, “procurando una ordenada desconcentración del lugar”.
Quedan incluidas en la medida las confiterías bailables, locales bailables o bailantas, clubes nocturnos, cabarets, dancing, discos, cafés concerts, canto bar, pubs, peñas folklóricas, restaurantes, bares, cervecerías, servi-shop, pizzerías, pancherías, cantinas de clubes y demás comercios comprendidos en la nocturnidad.
También se establece como horario límite para ejercer la actividad y el comercio ambulante de cualquier producto, a las 03:30 entre el 1º de abril y el 15 de octubre, y las 04:30 entre el 16 de octubre y el 31 de marzo cualquiera sea el horario en que haya comenzado la actividad de venta.
Quedan exceptuados de la limitación horaria establecida en la Ordenanza los espectáculos o bailes a desarrollarse en las primeras horas de los días 25 de diciembre y el 1º de enero de cada año.
El Secretario de Gobierno, Juan Almada, confirmó que también las fiestas particulares que se efectúen en locales de diversión nocturna se regirán por los mismos horarios.
El Intendente Municipal Mario Barbieri, en tanto, intentará coordinar con sus pares de Baradero y Ramallo un horario unificado, una idea que hasta el momento no tener consenso en esas comunidades.