Conductor alcoholizado circulaba en contramano en calle Mitre

Uno de los operativos dinámicos realizados en conjunto por inspectores de la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de San Pedro y la Estación de Policía Comunal permitió interceptar esta madrugada a una camioneta Volkswagen Saveiro que circulaba en contramano por calle Mitre.  El conductor, un hombre de 42 años, oriundo de Carlos Casares, estaba alcoholizado, de acuerdo a lo que pudieron constatar las autoridades, que debieron controlarlo luego de que "alterara la paz pública" según el informe oficial. 

Reglamentan la vuelta de los deportes individuales, prevista para el 24 de agosto

El gobierno de la provincia de Buenos Aires comunicó su adhesión a la Decisión Administrativa 1518/2020 de Jefatura de Gabinete de Ministros del gobierno de la Nación. 

Por la misma, se exceptúa a la práctica de deportes individuales del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular en todo el territorio nacional. 

Asimismo, se establece un protocolo de “Recomendaciones para la vuelta a las actividades deportivas individuales en contexto de la pandemia” y se permite el funcionamiento de clubes y polideportivos, aunque solo a los efectos de la práctica del deporte individual. 

Ante la delegación del dictado de las reglamentaciones, el gobierno de Axel Kicillof informó que la vuelta en el territorio bonaerense será el lunes 24 de agosto "priorizando la vuelta a la actividad y al trabajo de los clubes y polideportivos y de las y los profesores e instructores deportivos". 

En tal sentido, se habilitarán dichas actividades bajo las siguientes condiciones:

1. Las actividades deportivas individuales se podrán realizar solo de lunes a viernes, de modo de evitar las aglomeraciones de los fines de semana en los clubes y polideportivos.

2. Las actividades deportivas individuales se podrán practicar al aire libre, pero no en espacios cerrados.

3. Solo se podrán realizar actividades deportivas individuales de modo amateur junto a profesores/as e instructores/as.

4. Solo para el caso del deporte federado, se podrán realizar entrenamientos y prácticas sin la necesaria presencia de profesores/as, instructores/as y entrenadores/as.

5. Las prácticas deportivas individuales solo se podrán llevar adelante dentro de clubes y polideportivos, respetando el protocolo nacional y los que oportunamente establezca el gobierno provincial.

Durante los próximos días, las actividades deportivas individuales serán oportunamente reglamentadas a través de los correspondientes actos administrativos y puestas en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires.