"San Pedro Puede" pide informes sobre las tareas de prevención ante el fenómeno de El Niño

  El bloque de concejales "San Pedro Puede" presentó un proyecto de comunicación mediante el cual solicita al Departamento Ejecutivo un informe detallado sobre las acciones de prevención, planificación y mitigación del riesgo hidrometeorológico adoptadas ante las proyecciones del fenómeno climático El Niño/Oscilación del Sur (ENOS) para el período 2026/2027. La iniciativa lleva la firma de los ediles Ariel Rey y Mariana Reynoso. El pedido se fundamenta en los reportes del Servicio Meteorológico Nacional y de organismos internacionales de referencia, los cuales advierten una probabilidad cercana al 100% de continuidad del fenómeno durante el trimestre en curso y un 63% de posibilidades de que alcance una intensidad "muy fuerte" entre noviembre de este año y enero del próximo. Asimismo, los autores del proyecto mencionaron los modelos hidrológicos que anticipan un incremento progresivo en los caudales de los grandes ríos de la Cuenca del Plata hacia la primavera, situ...

Prohíben un broncodilatador y alimentos en escabeche

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió un producto médico y varios alimentos en escabeche, según fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

En primer lugar, la Disposición N°7853 prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de un aerosol para inhalación, producto rotulado como "Salbutral, salbutamol 100 mcg/dosis, aerosol 250 dosis, L 1157, F02/19, V02/21" dado que se desconoce su origen, condiciones de elaboración y contenido siendo en tanto peligroso para la salud de los pacientes.

El organismo también comunicó a través de la Disposición N°7854 que se prohíben varios productos alimenticios tales como chivito y carpincho al escabeche. Los productos enumerados fueron prohibidos por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto, estar falsamente rotulados y ser, en consecuencia, ilegales.

La Anmat advirtió que al no poder identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el artículo 9° de la Ley 18284.

Según dice el articulo 1°, se " prohíbe la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: "Chivito en escabeche deshuesado", RPPA: 050008853, Carpincho en escabeche deshuesado, RPPA: 050008852, "Ciervo en escabeche deshuesado", RPPA: 050008856, "Jabalí en escabeche deshuesado", RPPA: 050008855, "Vizcacha en escabeche deshuesado", RPPA: 050008854, todos marca "El Sauce", Alimentos Regionales, RPE N° 05000235, elaborado y fraccionado por Establecimiento El Sauce, Avda. Los Constituyente S/N, Sauce, Corrientes, como asimismo todo producto del RPE N° 05000235, por las razones expuestas en el Considerando".