El ENRE inició el proceso para un nuevo aumento del transporte de energía

A través de la Resolución 223/24, el ENRE comenzó el proceso para revisar (y actualizar) las tarifas del transporte de energía eléctrica en todo el país. Esto culminará con un incremento en la factura final que pagan los usuarios aunque no se puede saber de cuánto hasta que no esté determinado el aumento. En la audiencia pública de fines de enero, el director de la empresa que brinda este servicio en la provincia de Buenos Aires (TRANSBA), Pablo Tarca, propuso un aumento del 207 por ciento y una cláusula de ajuste mensual. Al exponer, el ejecutivo sostuvo que el servicio de transporte de energía eléctrica representa a solo el 1,5 por ciento del precio final de las tarifas por lo que el usuario no se vería afectado.

Prohíben un broncodilatador y alimentos en escabeche

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió un producto médico y varios alimentos en escabeche, según fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

En primer lugar, la Disposición N°7853 prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de un aerosol para inhalación, producto rotulado como "Salbutral, salbutamol 100 mcg/dosis, aerosol 250 dosis, L 1157, F02/19, V02/21" dado que se desconoce su origen, condiciones de elaboración y contenido siendo en tanto peligroso para la salud de los pacientes.

El organismo también comunicó a través de la Disposición N°7854 que se prohíben varios productos alimenticios tales como chivito y carpincho al escabeche. Los productos enumerados fueron prohibidos por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto, estar falsamente rotulados y ser, en consecuencia, ilegales.

La Anmat advirtió que al no poder identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el artículo 9° de la Ley 18284.

Según dice el articulo 1°, se " prohíbe la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: "Chivito en escabeche deshuesado", RPPA: 050008853, Carpincho en escabeche deshuesado, RPPA: 050008852, "Ciervo en escabeche deshuesado", RPPA: 050008856, "Jabalí en escabeche deshuesado", RPPA: 050008855, "Vizcacha en escabeche deshuesado", RPPA: 050008854, todos marca "El Sauce", Alimentos Regionales, RPE N° 05000235, elaborado y fraccionado por Establecimiento El Sauce, Avda. Los Constituyente S/N, Sauce, Corrientes, como asimismo todo producto del RPE N° 05000235, por las razones expuestas en el Considerando".