Las jubilaciones de abril se pagarán en dos tramos: cómo queda el calendario

Anses desdoblará el pago de los haberes de abril en dos tramos: en el primer pago se liquidará el mismo monto que se cobró en marzo y en el segundo se cobrará el aumento y el bono de $70.000. El organismo aún no anunció el calendario para el segundo pago, el correspondiente al aumento y al bonos; solamente informó que será dentro de abril. El calendario para el primer pago ya fue informado y comienza el 10 de abril.

Las cooperativas advierten que no podrá pagar el costo de energía ni los aumentos de sueldos

COOPSER compartió con los asociados las conclusiones luego de la reunión de las cooperativas integrantes de la Inter federativa tras la cual, las Cooperativas Eléctricas alcanzadas informan que acatarán el fallo judicial, dan detalles sobre su implementación y advierten posibles consecuencias. 
Si bien informan que acatarán el fallo judicial, advirtieron que no podrán absorber el costo de adquisición de la energía, puesto que la medida judicial no ataca la resolución nacional 06/16 MEyM que triplicó el valor de compra. 

Tampoco podrán hacer frente al pago de los salarios cuyas paritarias se cerraron recientemente, como tampoco a los gastos que implica el mantenimiento y ampliación del servicio, ni afrontar el pago de cargas tributarias. 
La excepción se produciría si la Provincia instrumente la reparación de los ingresos por otras vías, o que se recurra a aportes extraordinarios de capital de los propios asociados. Deberán retrotraer tarifas de venta de energía, aunque el valor de compra se triplicó. 
Señalan que si la medida se mantiene en el tiempo peligra la prestación del servicio eléctrico en 240 pueblos y ciudades bonaerenses porque no podrán recuperar los costos. Los representantes de las federaciones de cooperativas eléctricas bonaerenses, APEBA, FEDECOBA, FACE, CRECES y FICE, reunidos el 08 de junio en la ciudad de Azul, resolvieron acatar el fallo del juez Luis F. Arias del Departamento Judicial de La Plata, que ordenó a los distribuidores provinciales y municipales de energía eléctrica, entre ellos las cooperativas, de abstenerse de aplicar la resolución 22/16 del MIySP que había dispuesto el ajuste de los cuadro tarifarios desde el 26 de febrero y, en consecuencia, retrotraer la facturación a los valores vigentes con anterioridad a la resolución suspendida 
Por lo tanto, las federaciones dispusieron instruir a sus entidades asociadas a que en toda facturación que se emita a partir de la fecha se aplique el cuadro tarifario vigente con anterioridad al 26 de febrero, independientemente del período de consumo que se facture. 
La aplicación de lo descripto se efectuará sobre aquellas facturas cuyo vencimiento original se produzca con posterioridad al 08 de junio, día posterior a la publicación de la sentencia en el Boletín Oficial. En consecuencia, de mantenerse esta medida judicial, el prestador cooperativo tendrá que proveer de energía a sus asociados/usuarios a un valor que no les permitiría recuperar los costos en los que incurre para proveerlos, situación ésta imposible de sostener en el tiempo y que ineludiblemente llevaría al colapso de las empresas cooperativas que prestan no solamente el servicio eléctrico, sino también múltiples servicios esenciales en 240 pueblos y ciudades bonaerenses. 
Finalmente, en un comunicado conjunto, las federaciones indicaron que si el estado de situación se revierte por las medidas judiciales presentadas por la Fiscalía de Estado o las distribuidoras, estarán facultadas a refacturar con los valores vigentes de acuerdo a resolución MIySP 22/16 atacada por el fallo del juez Arias.