Incidentes en Bajo Puerto: Los dos heridos se encuentran en estado crítico

Los dos jóvenes que resultaron heridos durante los incidentes que se registraron entre la noche y la madrugada en Bajo Puerto se encuentran en estado crítico, de acuerdo a lo informado por el jefe del servicio de emergencias, Dr. José Herbas.  Uno de ellos, de 21 años, sufrió heridas en codo, rodilla y hombro, provocadas por el impacto de proyectiles disparados desde un arma de fuego. Además, presenta un cuchillazo en el abdomen que le provocó un compromiso en las vísceras. Se encuentra internado en la Unidad de Terapia Intensiva con asistencia mecánica respiratoria. 

Granda confirmó graves irregularidades de jefes policiales para encubrir el crimen de Rotela

Lucas Rotela (foto Baradero te informa)
El Fiscal Hernán Granda, a cargo de la Fiscalía Nº8 de Baradero, confirmó al portal “Baradero te informa” el inicio de una causa penal vinculada al presunto mal desempeño de los Jefes de la Policía Comunal de Baradero, luego del asesinato por la espalda del joven Lucas Rotela, por parte del agente Gonzalo Kapp.
El hecho ocurrió en la madrugada del 14 de febrero de 2011 en las inmediaciones de Plaza Colon.
Imagen "Baradero te informa"

Los imputados de mal desempeño de la función pública son el Comisario Raul Franzoia, el Comisario Javier Benavidez y el Oficial Pio, a quienes se le tomó declaración en la jornada del martes.
En el Juicio Oral y Público donde fue condenado por homicidio agravado, los dichos de Kapp difieren de lo declarado en aquel momento por los policías antes mencionados y a raíz de esto se inicia la causa.
Granda explicó que la causa llegará a juicio hasta el año próximo y que “se investiga el comportamiento del personal policial”.
“No solo tardaron cuatro horas en avisarle al Fiscal en turno, que era Manso, sino que abandonaron ex profeso la escena del crimen, y dejaron que muchísima gente contaminara las pruebas, sin preservar el lugar” indicó Granda, en declaraciones a APA Radio San Pedro.

“Hay dos incumplimientos de los deberes de funcionarios públicos: por no avisar y por no preservar el lugar del hecho, y consideramos que se utilizó ese lapso de tiempo para alterar el sumario. Kapp dijo que bajó a la comisaría puso en conocimiento al personal jerárquico y se le sugirió que diera la versión de que vio un arma en uno de los brazos de Rotella y que por ese motivo disparó” agregó. 
El Fiscal indicó que “se los ha imputado por incumplimiento de los deberes de funcionario público por no haber dado aviso a la Fiscalía debidamente y no haber trabajado con la seriedad que el caso ameritaba el lugar del hecho y además, porque lo dijo el propio Kapp en el marco del debate, que él cuando pasó lo del disparo, fue a la Comisaria a informar lo que había pasado y desde ese momento se instauró una versión por parte de la gente que dirigía la confección del sumario, diferente a lo que él le estaba contando que estaba pasando”.
De las declaraciones de Kapp se desprende, según explicó Granda que “sus superiores no hicieron o desoyeron lo que el manifestó”.
“Teóricamente lo que se quería hacer constar en el sumario era una versión diferente a la que Kapp estaba dando y que aludía a que Rotela en el momento en que fuera interceptado tuviera un elemento parecido a un arma y que esa situación fue la que derivó en que Kapp efectuara un disparo en forma preventiva y bueno, esta es una versión totalmente diferente a lo que el propio Kapp dijo en el debate” agregó Granda. El titular de la UFI 8 precisó que la declaración se suma a “una notificación que hizo el Fiscal Marcelo Manso, a que no le habían dado aviso cuando debían sobre esta situación él la entendía como una forma de encubrir lo que estaba pasando”.
De encontrarse culpables del delito imputado, los policías podrían sufrir condenas de cumplimiento condicional o efectivo “porque son funcionarios públicos y esto es una forma agravada de encubrimiento que hace que la escala se vaya bastante para arriba y permita las dos alternativas pude ser una condena menor o superior a los tres años que es lo que determina el límite máximo del cumplimiento condicional”.