Inseguridad rural: Productores se reunieron con concejales y piden reactivar el Foro de Seguridad

Productores hortícolas, frutícolas y viveristas mantuvieron una reunión con concejales de la oposición en la sala de reuniones del HCD.  El encuentro tuvo como tema principal los hechos de inseguridad de los que vienen siendo víctimas en forma reiterada en los últimos meses. 

La mediación será obligatoria en la Provincia en conflictos civiles y comerciales

A partir del próximo lunes comenzará a regir en la provincia de Buenos Aires el procedimiento de Mediación Prejudicial Obligatoria, un mecanismo de resolución de conflictos civiles y comerciales, antes de que sean elevados a los estrados judiciales. 
A partir del lunes, las causas comerciales y civiles que ingresen a los departamentos judiciales de la provincia de Buenos Aires motivará el sorteo de un mediador, dentro de un listado de mediadores matriculados habilitados por el Ministerio de Justicia y Seguridad bonaerense, quien se encargará de resolver la cuestión.

También en esa oportunidad se sorteará el Juzgado que, eventualmente entenderá en la homologación del acuerdo al que se arribe. 
El mediador dentro del plazo de cinco días de notificado, fijará la fecha de la audiencia a la que deberán comparecer las partes, las que en ningún caso podrá ser superior a los cuarenta y cinco días corridos de la mencionada designación. 
El plazo para la Mediación será de hasta sesenta días corridos a partir de la última notificación al requerido, previéndose que, las partes, de común acuerdo, puedan proponer una prórroga de hasta 15 días. 
Si vencido ese plazo no se hubiera arribado a una solución del conflicto, se labrará acta y quedará expedita la vía judicial. 
Quedan exceptuados del carácter previo y obligatorio de la mediación: "las causas penales sometidas a mediación voluntaria de acuerdo a la ley 13.433; acciones de separación personal y divorcio, nulidad de matrimonio, filiación, patria potestad, alimentos, guardas y adopciones; procesos de declaración de incapacidad y de rehabilitación". 
También se exceptúan los procesos de declaración de incapacidad y de rehabilitación; las causas en las que el Estado Nacional, Provincial, Municipal o los Entes Descentralizados sean parte; los amparos, los hábeas corpus; los juicios sucesorios y voluntarios; los concursos preventivos y quiebras; las causas que tramiten ante los Tribunales Laborales y las que tramiten ante los juzgados de paz.