Capacitación para emergencias a profesores y colaboradores en el Club Mitre

El Círculo Médico de San Pedro informa que, a través de una iniciativa compartida con profesionales de la entidad, se concretó el miércoles 17 de abril una capacitación sobre Primeros Auxilios, Atención Pre-Hospitalaria y RCP, en el Club Atlético Mitre. Estuvo a cargo de los Dres. Federico Dubini, Carolina Perroud, Micaela Schiaffino, Daniel Gerini y Francisca Urrutia, quienes interactuaron con profesores, auxiliares y colaboradores de las diferentes disciplinas que se realizan en la institución.

Ruidos molestos de locales nocturnos: se espera que el Ejecutivo reglamente la Ordenanza recientemente sancionada

Los locales que ofrezcan espectáculos con música, baile, canto o cualquier show con sonido, deberán contar con controladores de volumen y adecuar sus características a lo fijado por la Ordenanza Nº 5.972, que fue sancionada por el Honorable Concejo Deliberante el 28 de octubre pasado. Ahora, se espera la reglamentación del Departamento Ejecutivo para que efectivamente comience a cumplirse.
La norma, que surge como respuesta a reclamos de decenas de vecinos, tiene como finalidad controlar la música de los comercios de diversión nocturna que provocan ruidos molestos impidiendo el descanso y, además, afectan otras actividades comerciales.
En seis artículos, enumera los puntos que deberán cumplir todos los “establecimientos de diversiones en los que se ejecute música y/o canto y/o se ofrezcan bailes públicos y todo otro rubro en el que se desarrolle la actividad de espectáculo y/o baile”.

Puntos a cumplir
Por un lado, deberán contar con un dispositivo electrónico de control de sonido. Si se supera el nivel de ruidos máximo -exigido ya por la Ordenanza Nº 4555/91, de 85 decibeles-, por tres veces en el mismo día o cinco en días consecutivos, el artefacto cortará automáticamente el sistema del amplificador.

La medida especifica que el dispositivo poseerá un gabinete cerrado y precintado, y que la reinstalación del audio podrá realizarla sólo la Autoridad Municipal, que además labrará un acta en caso de que se detecte que se violó el precintado.
Para medir el nivel del sonido, el dispositivo “tomará el ruido ambiente del local en por lo menos cinco puntos del mismo, debiendo ser ineludiblemente uno de los puntos el centro de la pista de baile a 3 metros de altura como mínimo, y deberá captar la emisión directamente del equipo de audio”.
La Ordenanza también prevé aquellos lugares que ofrezcan espectáculos en vivo. En ese caso, los equipos de audio “se deberán instalar de forma tal que el nivel de ruido sea controlado por el mencionado dispositivo”.
Los locales que ya están en funcionamiento, contarán con un plazo de 60 días para la puesta en marcha del dispositivo de control de sonido. Si al cumplirse ese lapso no se consumó la medida, el comercio será clausurado hasta tanto regularice la situación.
Los concejales previeron, durante la elaboración de la norma, que los informes de medición obtenidos por el Departamento Ejecutivo sean remitidos cada 30 días al Concejo Deliberante, a fin de tener un control de lo actuado. Esos informes tendrán que acompañarse con las sanciones impuestas, si es que las hubo.
La normativa también abarca a los eventos organizados por el Municipio. Para ello, deberá poseer un equipo de limitación de sonido, que además lo podrá poner a disposición de Cooperadoras, Comisiones de Fomento, Instituciones intermedias o entidad que de manera circunstancial o eventual realice algún espectáculo musical.

Reclamos
A lo largo de los años, y con la multiplicación de locales de expansión nocturna, proliferaron los reclamos de los vecinos por los altos niveles de la música hasta altas horas de la madrugada, no sólo los fines de semana sino también durante la semana.
“Según lo manifestado por el Sr. Raúl Manchone, Subsecretario Municipal del área competente, se han realizado operativos en los cuales se detectaron excesos en el volumen, lo que ha llevado a infraccionar a los locales que transgredieron la Ordenanza vigente”, indican los concejales en los considerandos de la norma recientemente sancionada.
Sin embargo, advierten que “este tipo de controles no están generando ninguna modificación en la conducta de los propietarios quienes reinciden constantemente y hacen caso omiso a las normas vigentes, razón por la cual los vecinos se encuentran en una situación de indefensión, que en algunos casos ha llevado a realizar denuncias penales”.
Por ello, los ediles consideraron imperioso imponer la obligación a cada local o propietario de adquirir “un limitador de sonido que permita controlar el nivel máximo permitido, produciendo el corte del mismo cuando se producen excesos”.

Manipulación
El hecho de que el dispositivo “corte” por sí mismo cuando se supere el volumen autorizado, tendrá que ser estrictamente controlado. Como ya denunciaron algunos vecinos, los decibelímetros colocados en algunas instituciones son manipulados por los discjockey de manera tal de lograr mayor volumen del permitido.
Para los concejales, el nuevo dispositivo permitirá “ejercer un adecuado y más estricto control, ya que no se necesita la presencia de un Inspector en el lugar para verificar el nivel de sonido, sino que este equipo almacena en su memoria interna, los eventos y las infracciones producidas; ofreciendo concomitantemente medidas de seguridad que impiden la manipulación, apertura o cambio de configuración por parte de los propietarios de los locales”. De ese modo, los ediles consideran que se garantizará al Organismo de Control “el seguimiento de los niveles de sonido dentro y fuera de los locales donde se propala música”.