Veteranos de Malvinas no estarán en el acto del 2 de abril en disconformidad con el reconocimiento como "héroes" a soldados continentales

La Asociación de Veteranos de la Guerra de Malvinas no participará del acto oficial convocado por la Municipalidad de San Pedro para el próximo 2 de Abril.  El presidente de la entidad, Javier Saucedo, reconoció en "Equipo de Radio" que la decisión se tomó "con mucha tristeza" y "en disconformidad a algo sistemático de la política que es el manoteo de nuestra simbología y cosas muy puras de los argentinos, como las consideramos nosotros".

Buscan remediar “la desigualdad de los portuarios en relación al sistema previsional”

El diputado provincial Daniel Rodríguez (FPV-PJ), miembro de la comisión de Intereses Marítimos, Portuarios y Pesca, de la cámara baja bonaerense, presentó un proyecto de ley con el fin de remediar la desigualdad de los trabajadores portuarios en relación al sistema previsional.
De ser aprobada, la medida alcanzaría aquellos trabajadores que se desempeñan en las delegaciones portuarias administradas por la Subsecretaría de Actividades Portuarias de San Nicolás, Olivos, Coronel Rosales y Dock Sud- y también aquellos que se desempeñan en los Consorcios de Gestión de los puertos de Mar del Plata, La Plata y San Pedro.

Como consecuencia, de la transferencia de los puertos públicos del Estado Nacional (La Plata, Mar del Plata, San Nicolás, y San Pedro); y del Elevador Terminal de San Nicolás, al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, los empleados fueron incorporados al régimen previsional de la Provincia y comenzaron a efectuar los aportes previsionales al Instituto de Previsión Social (I.P.S) y a IOMA.
En el acto de transferencia se determina que a los fines de acceder a los beneficios previsionales los trabajadores debían aportar un mínimo de diez (10) años de aportes al I.P.S.
Vale decir que no obstante haber continuado aportando a la Provincia de Buenos Aires (I.P.S.) y contar algunos de ellos con más de quince (15) años de aportes, hoy no se pueden jubilar por el I.P.S. por el concepto de "caja otorgante".
Según señala Rodríguez " el personal transferido -a pesar de que actualmente ejerce funciones en administraciones provinciales- se ve impedido de jubilarse por el I.P.S. debido a que han acumulado más años de aportes en la Nación.
Ese grupo de trabajadores provinciales, se encuentran en una situación de desventaja, debido a que no podrían acceder a una jubilación de la Provincia (que exige que sus beneficiarios tengan más años de aportes en el I.P.S. que en otra caja), sino que debían hacerlo a través del Anses.
Rodríguez considera que " la sanción de la presente ley tiene por objeto mantener un régimen de igualdad previsional que se ha visto quebrado. Es un acto de reparación y reconocimiento para remediar la desigualdad de los trabajadores que continúan en puertos públicos provinciales bajo la órbita del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires."