Cruz Roja suspendió alojamientos aunque continúa con cenas para personas en situación de calle

  La filial de la Cruz Roja Argentina en San Pedro anunció cambios significativos en sus servicios a partir de este viernes, al dejar de operar en estado de emergencia. Esta modificación implica la suspensión del servicio de alojamiento por fríos extremos y la interrupción de la provisión de vestimenta. Según un comunicado de prensa emitido por la entidad, la decisión se toma una vez superado el período más crítico de bajas temperaturas. No obstante, la Cruz Roja San Pedro mantendrá la cena diaria de lunes a viernes hasta finales de julio , un servicio fundamental para las personas en situación de calle.

Casini pide una campaña “limpia”

El concejal Carlos Casini solicitó al Departamento Ejecutivo Municipal que lleve adelante los controles establecidos en el marco de las ordenanzas municipales que reglan la publicidad y propaganda referidas a campañas políticas.
La ordenanza 4.082 del año 1987 dispone una serie de prohibiciones a los partidos políticos vinculadas a publicidad y propaganda. Entre ellas, Casini destaca “los anuncios colocados, fijados y/o pintados, en edificios públicos, refugios cubiertos para peatones, postes de paradas de vehículos de transporte de pasajeros, postes telefónicos, columnas de alumbrado público, árboles, postes de señalización del tránsito, columnas ubicadas en las rutas nacionales, los anuncios suspendidos colgados en la vía pública con excepción de las banderas de remates que se coloquen en los respectivos locales o inmuebles, los anuncios comúnmente denominados "pasacalles", suspendidos entre columnas de alambrado publico o columnas y elementos de tendido de red eléctrica y los anuncios colocados, fijados y/o pintados en cordones y calzadas señalizadas”.
A su vez, la ordenanza 5.855 del año 2009, dispone en su artículo 16 que “no se consentirá la instalación y permanencia de los anuncios que utilicen de soporte o apoyo columnas de señalización de calles, semáforos o cualquier otro elemento de origen público”.
El mismo año fue aprobada la norma5.857, que dispone en su artículo 84, apartado b), “la prohibición de toda publicidad o propaganda cuando se pretenda utilizar árboles o similares para sostenerla”.