Receta electrónica obligatoria: ¿cómo se aplicará y desde cuándo?

Con el objetivo de impulsar la digitalización del sistema de salud argentino, el Ministerio de Salud de la Nación avanzó con la reglamentación del DNU 70/23, a través del Decreto N°345/2024, para la implementación obligatoria de la receta electrónica. En la misma dirección, contempla la integración y estandarización de las plataformas digitales ya existentes en el sistema, la definición de un diccionario nacional de medicamentos y el seguimiento eficaz del tratamiento de los paciente, mientras que la medida se inscribe en las acciones dispuestas por el Gobierno nacional para aumentar la competitividad del mercado, lograr una mayor agilidad de la industria y minimizar costos.

Asignación universal por hijo

Los beneficiarios que cuenten con la Tarjeta Magnética podrán retirar el dinero de los cajeros automáticos de la red bancaria ya asignada, a partir del día que le corresponda según la terminación del número de DNI.
Los beneficiarios tendrán depositados los $144 correspondientes. Para cobrar los $36 restantes que se retienen en forma mensual, los padres o adultos responsables deberán cumplir con los requisitos de escolaridad y vacunación obligatoria en marzo.
Por otra parte, se informa a los beneficiarios que cobran por primera vez que deben consultar cuándo y a dónde dirigirse para retirar la tarjeta de débito. El beneficiario puede consultar su lugar y fecha de cobro mediante cualquiera de las siguientes opciones:
· A través de la página Web de ANSES, sección Autopista de Servicios
· Mediante consulta telefónica al 130, el número gratuito de ANSES.
· Enviando un mensaje de texto desde un teléfono celular al 26737 con la palabra COBRO, dejar un espacio, el Nº de DNI del padre/madre/tutor, dejar espacio, y la letra M (si el encargado del menor es hombre) o la letra F (si es mujer).

Para primeros pagos
Para el cobro de la prestación, el titular debe presentarse en la entidad bancaria asignada con el DNI. Allí se le otorgará una tarjeta magnética que le permitirá retirar el dinero de cualquier cajero automático de la red bancaria.
Si el titular NO posee DNI, deberá presentarse al banco con la constancia de DNI en trámite emitida por el Registro Nacional de las Personas donde conste Nombre y Apellido y número de Documento de Identidad; además del Pasaporte o la Cédula de Identidad o el Registro de Conductor vigente, del que surja el mismo número de Documento de Identidad y el mismo Nombre y Apellido que los registrados en la constancia citada.