Secuestran dos utilitarios y cinco motos en operativos de prevención

Una serie de operativos de prevención de delitos y saturación se llevaron adelante en la tarde del jueves en la ciudad de San Pedro.  Efectivos de la Comisaría local y la Dirección de Tránsito identificaron personas y certificaron las condiciones en que circulaban vehículos de distinto porte. 

El Municipio pagará $200 mil pesos por la muerte de Aldana Correa en el Hospital

La edición de hoy del Bisemanario "El Imparcial" informa que la Municipalidad de San Pedro abonará 200 mil pesos a los padres de la niña Aldana Soledad Correa, de 3 años, quien falleció el 3 de junio de 1998 luego de recibir, por parte de una enfermera, una dosis inyectable de una droga diferente a la indicada por la médica pediatra.
El Concejo Deliberante aprobó sobre tablas la erogación del dinero en la última sesión que se cumplió el jueves pasado.
El Municipio firmó así un acta acuerdo con los progenitores de la niña, que establece que la suma será “única y total en concepto de capital e intereses” y “por todo concepto”. De ese modo, queda “la causa definitivamente concluida por transacción extrajudicial una vez cumplido el pago total de la suma estipulada”. Se abonará 100 mil pesos al padre, Víctor Omar Correa, y 100 mil a la madre, Gladys Mabel Franco, en cinco cuotas, según indica el acta.

El caso
Según consta en la sentencia del Dr. Jorge Alberto Baldarenas, del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 de San Nicolás, alrededor de las 19.40 del 3 de junio de 1998, en el Office de Enfermería ubicado en sector de Pediatría del Hospital San Pedro, la enfermera Elisa Carmen Umerez “en forma negligente y descuidada, aplicó a Aldana Soledad Correa, una dosis inyectable de una droga diferente a la indicada por la médica pediatra (succinilcolina en cantidad de 100 mg), quien previo a ello le había ordenado se le practicara, por presentar la niña un cuadro de bronco espasmo leve a moderado”. Pocos minutos después la niña murió en forma inmediata.
El Juez indicó en su momento: “Es de destacar que la causa penal a la que diera origen este hecho ha quedado finalizada con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires que con fecha 9 de Noviembre de 2005 declaró de oficio la prescripción de la acción penal respecto de la imputada-Elisa C. Umerez-en orden al delito de homicidio culposo por el que estaba condenada en autos, quedando pues desarticulada la pena única impuesta en esas actuaciones y por ello es posible el dictado de la presente sentencia”.
El magistrado consideró que la responsabilidad de Elisa Carmen Umerez se desprende de varias constancias penales. En primer lugar, fue ella quien retiró las drogas de la farmacia y “quien preparó y aplicó la inyección correspondiente sin verificar que la droga que estaba utilizando era la que correspondía y no otra con potenciales efectos letales”. Así, estimó el juez que “esto implica un obrar negligente y violatorio del deber de cuidado que le estaba impuesto por su calidad de enfermera”. En tanto, consideró que a la Municipalidad de San Pedro “también es posible hacerla responsable del resultado dañoso”.