La Suprema Corte realizó un conversatorio sobre temas de perspectiva en San Pedro

Un importante encuentro organizado por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, se desarrolló este martes en el Salón Dorado Municipal.  El Conversatorio trató temas neurálgicos como la perspectiva de género, ancianidad, niñez y discapacidad, con enfoque indígena e intercultural. 

Diferencias en los cómputos de Acción por San Pedro y el Partido Justicialista

Acción por San Pedro y el Partido Justicialista difundieron los resultados que sus cómputos les arrojan sobre las elecciones legislativas.
Con algunas diferencias, cada partido tiene además una interpretación diferente de la cantidad de concejales que ingresarán al HCD el 10 de diciembre. Mientras que para el movimiento político oficialista obtuvieron 5 concejales, el PJ asegura que lograron 3 y que Acción por San Pedro alcanzó a ingresar 4 ediles.
Las controversias serán resultas por la Justicia Electoral, una vez finalizados los cómputos oficiales del Ministerio del Interior.


¿Qué dice la Ley?

Ley Electoral de la Provincia de Buenos Aires (Nº 5.109) habla sobre el sistema de cociente utilizado para estas elecciones:

CAPITULO XVI
DEL COCIENTE ELECTORAL
Art. 109 - Hecha la suma general de los votos computados de cada Sección o Distrito Electoral y las del número de sufragios que haya obtenido cada una de las boletas de los partidos o candidatos, clasificando éstas según la denominación con que fueron oficializadas, la Junta Electoral procederá del modo y en el orden siguiente:
1. Dividirá el número total de sufragios por el número de candidatos que corresponde elegir, según la convocatoria. El cociente de esta operación será el cociente electoral;
2. Dividirá por el cociente electoral el número de votos obtenidos por cada lista, los nuevos cociente indicarán los números de candidatos que resulten electos en cada lista.
3. Las listas cuyos votos no alcancen el cociente carecerán de representación;
4. Si la suma de todos los cociente no alcanzase el número total de representantes que comprenden la convocatoria, se adjudicará un candidato más a cada una de las listas cuya división por el cociente electoral haya arrojado mayor residuo, hasta completar la representación con los candidatos de la lista que obtuvo mayor número de sufragios en la elección. En caso de residuos iguales, se adjudicará el candidato al partido que hubiere obtenido mayoría de sufragios.
Para determinar el cociente no se computarán los votos en blanco y anulados.

[Cuadros Noticias San Pedro, sobre los datos de cada partido]